La superfície de una vivienda y las de sus estancias constituyen uno de los requisitos para que el órgano competente, generalmente la comunidad autónoma nos conceda la cédula de habitabilidad, condición previa para obtener los certificado o boletines de suministros.

En España, la normativa varía según la comunidad autónoma y el tipo de vivienda. Generalmente, las leyes estipulan superficies mínimas para garantizar condiciones habitables. Por ejemplo, para un dormitorio, suele ser alrededor de 6-7 metros cuadrados, y para un baño, unos 4 metros cuadrados. Es recomendable consultar las normativas locales o hablar con un profesional inmobiliario para obtener información específica para la ubicación deseada.

Lo sorprendente de todo esto es que se basa en una normativa muy antigua y que aprovecho para poneros el link del BOE.